EL ABUSO DE PODER EN RIO GRANDE

Por José Cheo Cruz

Dicen que el poder mal usado, es poder mal ganado que pronto se pierde. El Alcalde de Rio Grande, Ángel “Boris” González, se ha dedicado a perseguir a todos aquellos empleados que la sospecha son nuestros informantes y hasta a los propios asambleístas de su partido los ha declarado “non gratos” y no son de su confianza.

Recientemente, despidió sin justa causa al Sr. Carlos L. Rosario Ramos, quien se desempeñaba como operador de equipo pesado en el departamento de obras públicas. Este empleado es uno de los testigos que ésta bajo las reglas de la Unidad de Procesamiento Administrativo del Panel del Fiscal Independiente. No vamos a entrar en más detalles sobre los hechos para no contaminar ese proceso.

Ese despido se hizo bajo una acción de represalias contra ese empleado, incurriendo nuevamente este Alcalde facineroso y prepotente que ha venido exhibiendo un comportamiento delictuoso y culposo en cuanto a la observancia de las leyes.

Con ese despido este individuo tiene a su haber violaciones a la ley 115, del 20 de diciembre de 1991, a la ley 426 del 7 de noviembre de 2000 y de la ley 14 del 11 de abril de 2001. Todas esas leyes en conjunto protegen los derechos de aquellos empleados que denuncien actos de corrupción en el servicio público y le recuerdo que las leyes son prospectivas no retroactiva porque la ley de empleador único trastoca estos derechos que se tenían para protegernos de los corruptos y Ricardo Rosselló y sus Cámaras Legislativas pretenden derogar ahora.

En lo referente a la ley 115, la misma dispone que las acciones de represalias contra un empleado que esté protegido bajo estas condiciones, será un delito grave que será sancionado con una multa no menor de $1,000.00 dólares, ni mayor de $5,000.00 dólares y de igual forma se expone a una pena de reclusión por un término fijo de tres (3) años. También se dispone cinco (5) años de haber agravantes y dos (2) años con atenuantes.

El empleado afectado, tendría derecho a reclamar (A) Daños reales sufridos, (B) Angustias mentales, (C) restitución en el empleo, (D) Salarios dejados de devengar, (E) Beneficios marginales y (F) Gastos legales. Además, se dispone que la responsabilidad del Patrono con relación a los daños y salarios dejados de devengar se deberá de pagar el doble al total de la cuantía reflejada.

Queremos advertirles a todos los empleados que se den a respetar y eviten ser sometidos a esos tratos crueles e inusitados por parte de este alcalde, abusador, que temeraria e impunemente sigue viviendo al margen de la ley y en la abstracción total de los más sanos principios de moral y ética.

Cualquier empleado municipal que se vea amenazado, no vacile en defender sus derechos protegidos en ley. No se conviertan en víctimas cautivas de las injusticias y los caprichos de ser utilizados como tontos útiles por estos vividores en situaciones que NO están conforme a la ley y al orden público, para que luego estos cobardes, los traicionen y les fusilen por las espaldas.


En Rio Grande, tenemos la desgracia de tener un alcalde con una administración municipal corrupta que violan la ley descaradamente y creen que siempre habrán de gozar de la impunidad y de la responsabilidad de tener que responder ante la justicia en su día.

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