Quieren disfrazar Asamblea Inconstitucional de status
Por Hernán
Padilla
Ante las
contradicciones de los que pretenden celebrar una “Asamblea Inconstitucional de
Status” según propone García Padilla, es
necesario considerar las expresiones públicas de algunos de sus aliados y la
Constitución de Puerto Rico.
Puerto Rico
tiene el derecho a reconocer las diferencias entre los que proponen un juego político mediante un mecanismo que
no tiene la menor oportunidad de resolver el problema del status y los que abiertamente apoyamos que Puerto
Rico se convierta en un Estado de los Estados Unidos.
El ex-gobernador
Hernández Colon propone un proceso
sin límite de tiempo que “debe permanecer vigente hasta que logre su
objetivo”. Reconoce también que no es tan fácil como pretende el PPD: "El procedimiento para convocar una
Asamblea Constituyente, según el Articulo VII de la Constitución de Puerto
Rico, requiere que dos terceras partes de ambas cámaras legislativas lo
aprueben y que esta decisión se someta a votación al pueblo, no al antojo del
PPD, sino en las elecciones subsiguientes.
Rafael
confirma la dependencia del ELA-colonial y acepta que si hubiera tal “Asamblea”
es el “Congreso que por ley establece el proceso para considerar las propuestas
y quien tiene la autoridad para rechazarlas”.
Sin
embargo, Aníbal Acevedo Vilá pretende disfrazar la Asamblea “inconstitucional”
y recomienda llamarla “Asamblea de Status” (elimina Constitucional) , como si
fuera otra comisión de status, para que no se apliquen “las normas jurídicas de
las convenciones constitucionales”. Igual que RHC, reconoce
que dicha asamblea “no puede obligar al Congreso de los Estados Unidos a
que acepte lo que se le propone”
No pueden ocultar que no quieren ser parte
de los Estados Unidos. Aníbal afirma que “no le veo ningún problema a que se
incluya la opción de libre asociación (sin ciudadanía americana) como una
cuarta alternativa”.
La
Comisión de Status del PPD propone:”suscribir un pacto de asociación no colonial, y no
territorial con los Estados Unidos basado en el ejercicio de la soberanía de
ambos países (naciones independientes) y con plena validez internacional de
conformidad con la Resolución 2625 (XXV) de la Organización de las Naciones
Unidas. (Independencia o republica asociada)
Legisladores
populares radicaron proyectos y posponen
su consideración amparándose en una
disposición constitucional para consultar si el pueblo desea que se
convoque a una convención constituyente aunque choque contra el poder del Congreso, que impuso
restricciones a la colonia limitando los poderes para enmendar nuestra
Constitución.
Ante
la estrategia popular, el Artículo VII de la Constitución de Puerto Rico es
fácil de entender. Sección 1, La Asamblea Legislativa podrá proponer
enmiendas a esta Constitución mediante resolución concurrente que se apruebe
por no menos de dos terceras partes del número total de los miembros de que se
compone cada cámara”. Este requisito no se puede cumplir ya que los líderes
estadistas se oponen a una Asamblea Inconstitucional.
Los estadistas basamos nuestra posición fundamentalmente
en la Sección 3. “Cualquier enmienda o revisión de esta Constitución deberá ser
compatible con la resolución decretada por el Congreso de los Estados Unidos
aprobando esta Constitución con las disposiciones aplicables de la Constitución
de los Estados Unidos, con la Ley de Relaciones Federales con Puerto Rico y con
la Ley Pública 600 del Congreso Octogésimo primero”.
Más que eso, insistimos que la independencia no es opción
y que el ELA mejorado, ELA Soberano o la republica asociada no caben dentro del
orden constitucional americano.
No importa como la llamen, Asamblea Inconstitucional,
Convención, Comisión o Asamblea de Status, la realidad es que todas son
innecesarias e ignoran que el pueblo emitió su veredicto, derrotó el
ELA-territorial-colonial, revocó el consentimiento de los gobernados y el 61%
apoyó la estadidad en el referéndum del 2012. La próxima Constituyente será al
amparo de la Constitución de los Estados Unidos para el Estado de Puerto Rico.
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