LAS DOS VARAS Y EL DOBLE DISCURSO
Por Redacción de Radio El
Faropr.com
Como dice el refrán popular; “lo que se ve no se pregunta”. Habida cuenta hay de que en el municipio de carolina se utilizan
dos varas a la hora de aplicar medidas disciplinarias contra un empleado,
dependiendo del grado de influencias políticas y el nivel de conocimiento que
ejerzan en asuntos de “comprometedores y trascendentales” de cómo es que allí se bate el cobre.
Si el empleado es un allegado al Principito José
Carlos Aponte, de seguro que estará exento de ser sometido a la justicia que le
aplican a otros que no gozan de esos privilegios especiales. Como cuestión de
hechos esta el caso de un empleado de nombre Benjamín Torres, al cual se le
acusaba de supuestamente haber estado vinculado a un grupo de empleados que
hurtaban combustible diesel del municipio.
A ese empleado el Tribunal Superior de Carolina, lo
sometió a un proceso de vista para arresto bajo la regla #6, que dispone que
con una sola cintilla de evidencia que se pase y sea admisible es que se encuentra
causa probable para juicio en su fondo. Ese empleado quedo absuelto en dicha
vista de regla 6 ya que no tenía vinculación alguna en la comisión de los
hechos que se le imputaban. En arroz y habichuelas el caso no llego ni a
primera base y no prosperaron los cargos imputados.
A pesar de que propiamente el Tribunal Superior había
declarado inocente a ese empleado el municipio de carolina, de forma expedita
(Fast Track) y sin garantizarle el debido proceso de ley que le asistía,
procedió con su despido de una forma fulminante y en el acto. Nunca hubo
referido a la Oficina de Asuntos Internos y mucho menos una vista
administrativa informal tal y como lo dispone la Ley 81 de Municipios Autónomos
y la propia reglamentación interna del municipio.
A diferencia
del caso del Gerente de Seguridad, Juan Ortiz Crespo, a quien se le imputa el
haber sodomizado a la fuerza a una empleada municipal. A Ortiz Crespo el
Alcalde lo ha protegido y lo ha mantenido en su empleo hasta el día de hoy, sin
que pase nada. A Juan Ortiz Crespo, se le han protegido todos sus derechos
hasta la saciedad y la presunción de inocencia que le asiste eso mismo hizo José
Carlos Aponte con José Calderón el convicto Federal por soborno y extorción le pago
el sueldo hasta el último día que se declaró culpable en el Tribunal Federal.
El trato hacia la figura de Ortiz Crespo ha sido diametralmente opuesto al
recibido por el empleado destituido.
De una forma cínica y sarcástica el Alcalde José
Carlos Aponte, se burla de la justicia haciendo expresiones en el caso de Ortiz
Crespo de que hay que esperar que se
conduzca un proceso judicial justo, mientras que a este otro empleado lo
destituyo fulminantemente, sin derecho a defenderse, a ser oído, a presentar
testigos y prueba ex -culpatoria. Esta actuación solo demuestra una cosa. Hay
dos varas distintas y un doble discurso por parte del injusto y siniestro
personaje el Principito José Carlos Aponte dependiendo quien o cuán importante sea a quien se vaya a
acusar.
Oiga Alcalde un
solo acto de injusticia que usted cometa contra alguien, no deja de ser un acto
de injusticia contra el prójimo y contra DIOS. Una vara para uno, otra para
otros, así no Alcalde, no sea abusador, no sea perverso, sea justo como debe
aspirar ser todo un buen ser humano, tenga piedad por sus semejantes y temor de
DIOS. No se puede andar por ahí con dos piedras en una mano y una vara en la
otra, juegue limpio.
En este caso hay muchas cosas turbias y extrañas y
esto huele mal porque desde un mismo principio estaban implicados varios
policías municipales que sabían de esos hechos. Hay un policía municipal de
apellido Calderón que era el que tenia arrendado el terreno que está ubicado en
una finca propiedad de la Autoridad de Tierras en el barrio Hoyo Mulas. Fue en
ese lugar que se arrestaron a varios empleados por agentes de la policía
estatal. Se dice que en este operativo participo un encubierto que es miembro
de la policía municipal. De ser esto cierto
habría unas contradicciones con las disposiciones de la ley núm. #45 que
aplica a la limitación de las funciones de los cuerpos de seguridad como lo es
la policía municipal.
Se dice que a ninguno de los tres policías envueltos
en este asunto se les ha radicado cargos y/o investigado con relación a estos
hechos. El Diesel que era hurtado se mercadeaba entre esos policías municipales
que no fueron investigados o acusados. Se alega que uno de esos policías le
solicito al Caneco Víctor Rodríguez Mangual unos cuatro postes en madera de
pino tratado de esos que se utilizan en la A.E.E., los cuales fueron
transportados por un tal Pulito en un camión de arrastre o plataforma desde las
antiguas instalaciones de obras públicas en el Bo. Saint Just.
Esos cuatro postes se dice que fueron instalados en un
solar propiedad privada de uno de esos policías que tenían conocimiento sobre
el buruleo con el Diesel. Si se va a investigar la cuestión de los robos y el
hurto de diesel en el municipio, pide que hay,
que no están todos los que deben estar y falta gente. No sean chapuceros
e investiguen bien, porque en ese municipio son muchos los amigos de lo ajeno.
Comentarios
Publicar un comentario