LA LEY AL GARETE COMO HACE TIEMPO EN CAROLINA
Por José Cheo Cruz
Según mis fuentes en el municipio de Carolina, nos
informan que el Principito, José Carlos Aponte, recientemente fue el afortunado
ganador de un premio en la Lotería de Puerto Rico, equivalente a unos
$250,000.00 dólares. Supuestamente, ese billete el Principito, se lo compró a
un billetero que opera en las inmediaciones del centro urbano del pueblo de Carolina.
Hasta aquí toda esa guayaba podrida y esa tramoya pinta bien. No obstante,
habré de proseguir investigando con mis fuentes, todo lo que se comenta por
todo lo bajo en Carolina sobre esos hechos.
Han recurrido al viejo truco de comprar billetes
premiados para el lavado de activos, tal y como lo hacen hoy en día, los narcos
traficantes y delincuentes de los cárteles del bajo mundo. Aunque no puedo dar fe
de esos hechos como ciertos, voy a seguir investigando la veracidad de esas
alegaciones, ya que todo esto huele y apesta a peje e’ maruca en la
Apontelandia de Macondo.
Por otro lado, la Oficina de Permisos
Municipales y Urbanísticos (OMPU) sigue con el abuso y se ha agenciado la
adopción de una nueva reglamentación que de su faz es ilegal, ya que pretende exigirles
a todos los residentes de carolina un proyecto de construcción, de obras o
cambios estructurales realizados hace más de treinta años atrás.
Ese requerimiento es ilegal de su fas, partiendo
de la premisa que, en nuestro ordenamiento jurídico, ninguna agencia o
municipio puede imponer o poner en práctica ordenanza alguna que resulte en la
aplicación retroactiva de una ley (ex-post
facto). Tal determinación riñe con los principios básicos y las
disposiciones de nuestra carta de derechos bajo la Constitución del Estado
Libre Asociado de Puerto Rico. Aún la propia Ley 81 de fecha 30 de agosto de
1991, según enmendada (Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre de P.R.) no
autoriza a ningún municipio a legislar ordenanzas para aplicarlas retroactiva y
unilateralmente. No se puede poner en práctica leyes que reviertan en una aplicación
arbitraria de los estatutos para cambiar las reglas de evidencia, solo con la
finalidad de llevar a cabo una convicción o resultados extrapolados y
manipulados de manera unilateral. Ese es nuestro estado de derecho y en
síntesis ninguna ordenanza o reglamento puede ir por encima de ninguna ley. Las
ordenanzas deben hacerse de forma y aplicación prospectiva y no retroactivas.
Las ordenanzas un tipo de norma jurídica que
forma parte de un reglamento y siempre estará subordinado a una ley de mayor
rango constitucional.
Detrás de todo este escenario se ha creado todo
un mercado en dónde hay algunos ingenieros privilegiados con conexiones en ese
municipio que se dedican a pescar en ese rio turbio y revuelto. Algunos de
ellos prestan sus servicios como gestores, a clientes a cambio de muchos
billetes$.
Estaré pendiente al desarrollo de este asunto
para seguirles reportando lo que acontece en la dinastía de Apontelandia, esa
sexta dimensión dónde todo es posible y se hace nebuloso.
Los residentes en Carolina que tengan la
creencia de que estén siendo víctimas de esas acciones, deben asesorarse con
sus abogados, de manera puedan estar protegidos por las leyes que les cobijan. #dilenoaloschanchullos y #transparencia.
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