LA LEY AL GARETE COMO HACE TIEMPO EN CAROLINA


Por José Cheo Cruz

Según mis fuentes en el municipio de Carolina, nos informan que el Principito, José Carlos Aponte, recientemente fue el afortunado ganador de un premio en la Lotería de Puerto Rico, equivalente a unos $250,000.00 dólares. Supuestamente, ese billete el Principito, se lo compró a un billetero que opera en las inmediaciones del centro urbano del pueblo de Carolina. Hasta aquí toda esa guayaba podrida y esa tramoya pinta bien. No obstante, habré de proseguir investigando con mis fuentes, todo lo que se comenta por todo lo bajo en Carolina sobre esos hechos.

Han recurrido al viejo truco de comprar billetes premiados para el lavado de activos, tal y como lo hacen hoy en día, los narcos traficantes y delincuentes de los cárteles del bajo mundo. Aunque no puedo dar fe de esos hechos como ciertos, voy a seguir investigando la veracidad de esas alegaciones, ya que todo esto huele y apesta a peje e’ maruca en la Apontelandia de Macondo.

Por otro lado, la Oficina de Permisos Municipales y Urbanísticos (OMPU) sigue con el abuso y se ha agenciado la adopción de una nueva reglamentación que de su faz es ilegal, ya que pretende exigirles a todos los residentes de carolina un proyecto de construcción, de obras o cambios estructurales realizados hace más de treinta años atrás.

Ese requerimiento es ilegal de su fas, partiendo de la premisa que, en nuestro ordenamiento jurídico, ninguna agencia o municipio puede imponer o poner en práctica ordenanza alguna que resulte en la aplicación retroactiva de una ley (ex-post facto). Tal determinación riñe con los principios básicos y las disposiciones de nuestra carta de derechos bajo la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Aún la propia Ley 81 de fecha 30 de agosto de 1991, según enmendada (Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre de P.R.) no autoriza a ningún municipio a legislar ordenanzas para aplicarlas retroactiva y unilateralmente. No se puede poner en práctica leyes que reviertan en una aplicación arbitraria de los estatutos para cambiar las reglas de evidencia, solo con la finalidad de llevar a cabo una convicción o resultados extrapolados y manipulados de manera unilateral. Ese es nuestro estado de derecho y en síntesis ninguna ordenanza o reglamento puede ir por encima de ninguna ley. Las ordenanzas deben hacerse de forma y aplicación prospectiva y no retroactivas.

Las ordenanzas un tipo de norma jurídica que forma parte de un reglamento y siempre estará subordinado a una ley de mayor rango constitucional.

Detrás de todo este escenario se ha creado todo un mercado en dónde hay algunos ingenieros privilegiados con conexiones en ese municipio que se dedican a pescar en ese rio turbio y revuelto. Algunos de ellos prestan sus servicios como gestores, a clientes a cambio de muchos billetes$.

Estaré pendiente al desarrollo de este asunto para seguirles reportando lo que acontece en la dinastía de Apontelandia, esa sexta dimensión dónde todo es posible y se hace nebuloso.

Los residentes en Carolina que tengan la creencia de que estén siendo víctimas de esas acciones, deben asesorarse con sus abogados, de manera puedan estar protegidos por las leyes que les cobijan. #dilenoaloschanchullos y #transparencia.

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